EFE/LEVANTE-EMV | MADRID/VALENCIA El fiscal pidió ayer al Tribunal Supremo que confirme la pena de ocho años de cárcel y veinte de inhabilitación que le fue impuesta al ex conseller de Solidaridad y Ciudadanía y ex diputado autonómico del PP Rafael Blasco por el desvío de fondos públicos de cooperación con Nicaragua en 2008. Además, la Fiscalía y la Abogacía de la Generalitat solicitaron que se eleven las penas de los ex cargos con responsabilidad en la conselleria Josep Maria Felip, Àlex Català y Marc Llinares. Josep Maria Felip es el único de los nueve procesados en el caso Blasco al que solo le impusieron una pena de inhabilitación y ahora se enfrenta a una posible condena de cárcel por un delito de malversación de caudales públicos.
El Supremo celebró ayer la vista de los recursos presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que condenó a diferentes penas a nueve procesados, seis con puestos en la conselleria, entre ellos Blasco, y tres particulares, dos de la Fundación Cultural y Estudios Sociales (Cyes) „sin relación con la constructora„ y el empresario Augusto César Tauroni.
El fiscal y la abogada de la acusación ejercida por la Generalitat se opusieron a los recursos de los condenados contra la resolución del TSJ e incluso pidieron que se condene también por malversación a Felip, Català y Llinares a los que no se les ha tenido en cuenta este delito en la sentencia.
Àlex Català era subecretario autonómico de Cooperación; Josep María Felip, director general de Cooperación; y Marc Llinares, jefe del Área de la Dirección General de Cooperación. Las acusaciones consideran que a Marc Llinares hay que retirarle los delitos de cooperación en prevaricación administrativa y falsedad por los que fue condenado sin que hubiera sido acusado por los mismos.
El fiscal Álvaro Redondo Hermida recordó que el TSJ declaró probado que se concedieron subvenciones por 1,8 millones de euros de los que solo 48.000 euros fue destinado a su finalidad, unos pozos en Nicaragua, y que el resto se destinaron a la adquisición de unos inmuebles en Valencia que no correspondían al objeto de las mismas. Redondo añadió que esto se ha declarado probado después de una investigación de la Fiscalía, una instrucción de un juzgado y de treinta y dos sesiones de juicio por lo que estima que las defensas no pueden decir que los nueve condenados no tienen nada que ver con los hechos ni atribuir a funcionarios la alteración de documentos para este «desaguisado». Para el fiscal, el TSJ condenó basándose en «innumerables pruebas documentales, testificales y periciales y relata minuciosamente los hechos sin arbitrariedad».
El fiscal rechazó las alegaciones de las defensas relativas a que el TSJ se vio influenciado por cuestiones políticas y por influencia de la prensa y ha mantenido que se basa en datos técnicos.
Los abogados defensores reclamaron la nulidad del proceso y lamentaron que la sentencia fue ejemplarizante «por la presión mediática». El abogado de Blasco alegó que es «horroroso y tenebroso que la sentencia hable de eventuales contraprestaciones que no han quedado del todo acreditadas». El letrado cuestionó la relación entre Blasco y el empresario Augusto César Tauroni. Por su parte, el defensor de Felip aseguró al tribunal que su cliente «nunca tocó ni vio» los expedientes del caso.

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